¿En qué consiste una Sociedad Limitada?

¿En qué consiste una Sociedad Limitada?

La sociedad de responsabilidad limitada (SRL), más conocida popularmente como Sociedad Limitada (SL) a secas, es el tipo de sociedad mercantil más extendido en España. Normalmente, la mayoría de pequeños empresarios autónomos se decantan por esta opción, de esta forma limitan su responsabilidad al capital aportado, evitando responder con su patrimonio personal ante las deudas de sus negocios.

Se trata con diferencia de la forma societaria más extendida entre las empresas españolas. A principios de 2016 en España había 1.1152.813 sociedades limitadas, lo que supone el 35,61% de las empresas del país según datos del Directorio Central de Empresas del INE, sólo por detrás de las personas físicas individuales, que suponen el 51,96%.

 

Características de la Sociedad Limitada

La normativa reguladora de las sociedades limitadas define sus características, existen muchas más pero aquí te mostramos las más relevantes:

  • Número de socios: mínimo de uno, sin existir límite máximo.
  • Responsabilidad de los socios: solidaria entre ellos y limitada al capital aportado. Los socios no responden ante las deudas con su patrimonio personal.
  • Nombre o denominación social: deberá ser un nombre que nadie haya registrado antes, seguido de la expresión Sociedad de Responsabilidad Limitada o de la abreviatura S.R.L. o de Sociedad Limitada o su respectiva abreviatura S.L.
  • Capital social: el mínimo legal es de 3.000 €, sin existir límite máximo. Puede estar formado por aportaciones monetarias o en especie, como por ejemplo un ordenador, una furgoneta o cualquier otro bien. Es necesario disponer de una valoración de ese bien aceptada por todos los socios fundadores.
  • División del capital social: en participaciones sociales, cuya transmisión tiene ciertas limitaciones legales, contando siempre los demás socios con derecho de preferencia frente a terceros.
  • Domicilio social: normalmente coincide con la dirección en la que se ubica la empresa, debiendo estar en España. Un cambio de domicilio social dentro del mismo municipio puede ser aprobado por el Administrador, sin embargo, para un traslado de municipio es necesario encontrar apoyo en Junta de Socios.
  • Objeto social: hace referencia a la actividad o actividades a las que se va a dedicar la empresa. Lo habitual es preparar una relación relativamente amplia de actividades, con las inicialmente previstas y otras potenciales,  para evitar gastos administrativos en caso de ampliar actividades.
  • Constitución: mediante estatutos y escritura pública firmados ante notario y presentados posteriormente en el Registro Mercantil. Es necesario detallar las aportaciones que realiza cada socio y el porcentaje de capital social que le corresponde.
  • Responsabilidad de la gestión: recae sobre los administradores, no sobre los socios.
  • Obligaciones fiscales: una sociedad limitada está obligada a tributar por el Impuesto de sociedades y el IVA.

 

¿Autónomo o Sociedad Limitada?

La mayoría de personas que están intentando poner en marcha un negocio, al principio suelen hacerse la misma pregunta: ¿Autónomo o Sociedad?

Posicionarse como autónomo (persona física), aparentemente puede parecer más rápido y económico, pero la mayoría de veces no resulta ser la opción más adecuada. Además, las sociedades limitadas tienen acceso a determinados recursos financieros, ayudas y subvenciones fuera del alcance de los autónomos, que pueden poner en valor su plan de negocio.

De todas formas, antes de decidirte por constituir una sociedad limitada o cualquier otra variante de negocio, nuestra recomendación es que recopiles el máximo de información posible para saber realmente qué es lo más conveniente para tu caso.

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