¿Sociedad de responsabilidad limitada (S. L.) o una Limited inglesa (Ltd.)? – cual es forma legal óptima

¿Sociedad de responsabilidad limitada (S. L.) o una Limited inglesa (Ltd.)? – cual es forma legal óptima

El decidir la forma legal adecuada es un paso muy importante que puede ser decisivo para la vida de la empresa. La sociedad de responsabilidad limitada (S.L.) conlleva altos costos al inicio, pero a lo largo se compensan, considerando los costos generados por una sociedad Limited.

Para poder entrar al mundo empresaria, se necesita algún tipo de forma legal, partiendo de una sociedad civil. Es por ello que muchos se encuentran ante la pregunta sobre el fundar una sociedad de responsabilidad limitada (S. L.) o una Limited inglesa (Ltd.). Yo también pase mucho tiempo pensando sobre esta pregunta. En ambos tipos de sociedad hay pros y contras que deberían ser conocidos antes de la fundación. Yo me decidí por una sociedad de responsabilidad limitada (S. L.). Si quiere saber porque solo tiene que seguir leyendo.

Pros y contras de una sociedad de responsabilidad limitada

La única desventaja notable que le veo a una sociedad de responsabilidad limitada es la cantidad de capital social mayor necesitada para su fundación. Al mismo tiempo es una ventaja, pues genera más seriedad ante un posible socio que una empresa Limited. Otra desventaja de las sociedades de responsabilidad limitada son los altos costos de fundación. Aún así, quien tenga una idea sólida de negocios y pueda conseguir el capital social requerido, encontrará la mejor opción en la sociedad de responsabilidad limitada (S. L.).

Pros y contras de una sociedad Limited
Una sociedad del tipo Limited resulta a primera mano ideal para un empresario, que no cuente con el capital social. El peligro se encuentra en el pasar por alto los costos que conlleva. El balance anual se debe realizar al mismo tiempo en España e Inglaterra. Por lo general se debe comisionar a una empresa. Además se necesita una dirección inglesa (buzón), lo que genera más costos, ya sean mensuales o anuales. Aparte de los bajos costos de fundación existe otra ventaja de este tipo de sociedad: suena más internacional. Si tiene planeado el realizar su negocio también fuera de España, podría ser una ventaja. Si no es así, una sociedad de responsabilidad limitada (S. L.) sería la mejor opción, pues genera un trato más serio.

En resumen: quien pueda conseguir el capital social, debería fundar una sociedad de responsabilidad limitada desde mi punto de vista. Debido a los costos de operación pierde sus ventajas iniciales una sociedad Limited.

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