
El BOE del pasado 6 de Agosto de 2010 publicaba la Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos, que entrará en vigor el 6 de noviembre.
La Ley tiene por objeto regular el sistema específico de protección para los trabajadores autónomos que, pudiendo y queriendo ejercer una actividad económica o profesional a título lucrativo y estando incluidos en los niveles de protección en ella recogidos, hubieren cesado en esa actividad.
Entre los requisitos exigidos para el reconocimiento del derecho a la prestación figuran los siguientes:
- Estar afiliado al RETA y en situación de alta.
- Haber cotizado los últimos doce meses de forma continuada anteriores al cese de actividad.
- Acreditar disponibilidad para la reincorporación al mercado de trabajo.
- No haber cumplido la edad ordinaria para causar derecho a pensión contributiva de jubilación, salvo que no tuviera acreditado periodo de cotización.
- Estar al corriente de pago.
Más información: Guía de la Ley de protección por cese de actividad (desempleo) de los trabajadores autónomos.